lunes, mayo 15, 2006

UNA MAS DEL EJECUTIVO FEDERAL

Limitaría Fox acceso a información Acceso a Información Pública, Transparencia de la Gestión Pública,

El Porvenir (15/05/2006):

México, D.F. El acceso a la información pública y la obtención de datos patrimoniales de los funcionarios se verá limitada si se aprueba la iniciativa de reforma al artículo 6 Constitucional que el presidente Vicente Fox recién envió a la Cámara de Diputados, alertó el comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), Juan Pablo Guerrero.

En entrevista, comentó: “Esa iniciativa es un fuerte mensaje al trabajo que venimos haciendo los comisionados en el IFAI -que tenemos la obligación de privilegiar la máxima publicidad y accesibilidad a los documentos-, porque si se aprueba esa iniciativa, la Constitución me va a decir: ‘No te puedo dar la escritura del bien inmueble de, por ejemplo, (Arturo) Montiel, porque es un dato confidencial’”.

A pregunta expresa, Guerrero declinó opinar si la iniciativa tiene la intención de proteger a algún político o a los hermanos Bribiesca, hijos de Marta Sahagún de Fox.

Mas en el eventual caso de su aprobación, se negaría el acceso a los registros públicos, entre ellos al de la Propiedad, con lo cual se transformarían en confidenciales los datos patrimoniales de políticos, empresarios y otros.

Sería “un retroceso dejar pasar esa reforma”, opinó, y destacó que lo planteado en esa iniciativa se contrapone con los cambios aprobados al mismo artículo, hace unas semanas por el Senado, que establecen la “obligatoriedad de favorecer el principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información pública”.

Y es que en los considerandos de la iniciativa -difundida por “La Jornada” (“Proponen que partidos abran su información”.03/04/2006)-, y en la propuesta que adiciona la fracción I al artículo 6º, se establece que el principio de publicidad de documentos de todos los órganos del Estado y partidos políticos, se sujeta a “las reservas temporales por razones de interés público (que) establezca la ley”.

Al respecto, Guerrero explicó: “en este caso, el concepto de interés público se usa para no dar acceso a la información pública, cuando en otros países en la propia Constitución dicho concepto está claramente orientado al acceso informativo”.

En la iniciativa, la propuesta del Ejecutivo justifica la reserva “por asuntos de seguridad nacional, seguridad pública, relaciones internacionales, economía nacional, la vida, salud o seguridad de las personas y los actos relacionados con la aplicación de las leyes”.

En cuanto a información patrimonial (de funcionarios públicos o de cual-quier persona) se establece la confidencialidad por su vinculación con los llamados “datos personales”.

Esto llevaría entonces, comentó el comisionado del IFAI, a que los datos de los Registros Públicos (Civil, de la Propiedad, del Comercio y otros), perdieran su naturaleza y con ello se anularía el artí-culo 18 de la Ley Federal de Transparencia.


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1 comentario:

Jurídico Puebla dijo...

Anónimo le agradezco mucho sus comentarios.