martes, septiembre 13, 2016

¡Cuidado padres desobligados! Ya se pagará pensión desde el embarazo





En comisiones fueron aprobadas modificaciones a diversos ordenamientos relacionados a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre las que destacan que ahora el hombre pagará pensión desde el embarazo, se perseguirá de oficio el delito de violencia intrafamiliar, y las órdenes de protección serán expedidas en un plazo no mayor de ocho horas.


Que el hombre pague pensión desde el embarazo aún sin estar casados, persecución de oficio del delito de violencia intrafamiliar, la eliminación del concepto de “feminicidio” en un acta de defunción para no revictimizar a la mujer, órdenes de protección expedidas en un plazo no mayor de ocho horas, además que la víctima sea custodiada hasta por 72 horas, forman parte de los conceptos que componen el paquete de iniciativas que se aprobó en las comisiones unidas de laFamilia y Equidad de Género del Congreso local, y que el miércoles será presentado ante el Pleno.


Las reformas a los códigos civil y penal del estado de Puebla están relacionadas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entregadas por el secretario general de Gobierno, Diódoro Carrasco Altamirano el pasado 29 de julio.


Estas propuestas forman parte de las acciones del gobierno estatal para cumplir con las 11 recomendaciones que le hizo la Comisión Nacional para Prevenir y erradicar la Violencia contra las Mujeres(Conavim)para evitar una Alerta de Género en la entidad ante el aumento del número de feminicidios.


La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Silvia Tanús Osorio explicó que cualquier persona puede denunciar los malos tratos y la Fiscalía estará obligada a investigar, además que no podrá ser otorgado el perdón al agresor. Actualmente, este tipo de delito se persigue hasta que se dé una denuncia formal.


“Muchas veces las mujeres por amenazas o por razones personales daban el perdón a sus parejas y volvían en un acto recurrente a ser maltratadas de nuevo; ahora ya no será posible eso”, indicó en entrevista la legisladora.


Pensión desde el embarazo



En cualquier caso el padre debe subsidiar los gastos que genere el embarazo como alimentos, atención médica y hospitalaria hasta el parto como quedó establecido en el artículo 497 del Código Civil.


Además, el artículo 288 bis de este mismo código marca que en caso de que el padre no pueda comprobar su salario o ingresos, un Juez de lo Familiar resolverá con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus dependientes hayan sostenido en los últimos dos años.


Órdenes de protección se deben brindar en menos de medio día



La legisladora señaló que otra de las modificaciones aprobadas es la que refiere al artículo 25 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que las órdenes de protección de emergencia y preventivas deberán ser expedidas de manera inmediata en un plazo no mayor a las ocho horas siguientes a la denuncia de la agraviada, y ésta deberá tener una temporalidad no mayor a 72 horas.


“Estas órdenes de restricción son para que las mujeres puedan regresar a sus hogares en condiciones y donde existan garantías de que no volverán a ser maltratadas”, dijo.


Además se avaló modificación del artículo 291 del Código Civil que señala que en caso de violencia familiar y de género, la autoridad competente brinde protección manera precautoria o cautelar, en función del interés superior de la víctima, además que el agresor deberá reparar los daños y perjuicios que ocasione.


No clasificar como feminicidio en actas de defunción



La coordinadora de la bancada priista también indicó que no será incluido dentro de las actas de defunción el término “feminicidio” como resultado de violencia familiar o de género, solicitando que una vez dictada por un Juez la causa de la muerte, se turne esta información a las autoridades correspondientes para que emita un informe y se lleve una estadística de cuántas mujeres han muerto por violencia de género.


“Las actas de defunción son expedidas y solicitadas cuando aún no se tiene conocimiento de las causas de la muerte, por lo que estadísticamente estarías proporcionando información falsa”, señaló. En el paquete de iniciativas que envío el Ejecutivo se solicitó que se clasificara de tal forma, pero tras una revisión, los diputados determinaron que no.


Pendiente discusión de violencia obstétrica



Uno de los puntos que queda pendiente es el concepto de violencia obstétrica, a fin de castigar a médicos que ocasionen daños en el cuerpo de la mujer en alumbramiento.


Sobre el tema el diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Julián Peña Hidalgo indicó que las modificaciones a la Ley para tipificar y castigar la violencia obstétrica quedó pendiente ya que están en espera de que en el Congreso de la Unión se apruebe una propuesta en la materia, y con esto las leyes del estado se homologuen con las federales.