jueves, septiembre 10, 2015

CORTE APRUEBA PAGO RETROACTIVO DE PENSION ALIMENTARIA


La Corte fijó que el padre que abandone a su hijo deberá pagar la pensión alimenticia de forma retroactiva a la fecha en que nació el menor.


México, DF.- Aquel padre que abandone a sus hijos al nacer o que no los quiera reconocer con previo conocimiento de su alumbramiento o embarazo, deberá pagar la 
pensión alimenticia de forma retroactiva a la fecha en que el menor vino al mundo.


Así lo sentó la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a propuesta de la ministra Olga Sánchez Cordero,  quién advirtió se trata de una obligación que surge desde el nacimiento y no puede quedar a voluntad de los progenitores.


“La obligación de prestar alimentos a los menores desde que nacen resulta una prerrogativa de éstos, y un deber imprescriptible e insustituible de ambos progenitores, pues no queda a voluntad de los progenitores ser titulares de la patria potestad y, con ello, deudores alimentarios. De ahí entonces que la obligación alimentaria surge desde el momento del nacimiento del menor”, sentó la resolución de la ministra.


El criterio de la sala sirvió para conceder el amparo a una madre que demandó el reconocimiento de filiación, estado de paternidad y pago de alimentos de su hija pues el padre se negaba a reconocer a la menor. Los ministros determinaron que un tribunal fije el monto de la indemnización correspondiente.


La sentencia de la Corte fue más de conceder la protección de la justicia; toda vez que fijó criterios relacionados con la retroactividad de los alimentos.


Entre los lineamientos a seguir, el juez de la causa deberá establecer si existió conocimiento previo del embarazo y/o nacimiento del menor para determinar si había interés del demandado de cumplir con sus obligaciones.


 El deudor alimenticio tiene la obligación de demostrar que la quejosa no tenía necesidad de recibir dicha pensión y se debe tomar en cuenta la capacidad económica actual del deudor.

6 comentarios:

Unknown dijo...

Buenos días:

Necesito una asesoria, mi nombre es janine ley Es sobre un trámite de pensión alimenticia.
Me separe del padre de mis hijas, lo demande por lesiones, en la fecha de dicha demanda no procedio por que no habia pruebas suficiente y la verdad su respuesta no nos parecio nada (vaya a vivir con el de nuevo y si le vuelve a pegar regresa con mas pruebas=.
Y desde esa fecha el se ha desentendido de las hijas, ahora ya ambas tienen 17 y 15 años. Igual debido a la mala alimentación se me presento en mi segundo embarazoo una enfermedad que puso en riesgo ala vida de mi hija y la mia.
Quiero demandar la pensión alimenticia y lo retroactivo a ella, he hablado con el en varias ocasiones para intentar llegar a algo sin exito, se ha cambiado de residencia, se junto con otra persona que igual solo proocreo hijos y ya se separaron, de hecho nunca nos divorciamos....
necesito su ayuda. gracias

Jurídico Puebla dijo...

Con todo gusto JANINE LEY CASTILLO, para estar en posibilidad de asesorarle, primero es necesario pagar la consulta $300.00 en la cuenta bancaria que menciona mi blog juridicopuebla.blogspot.com en la parte superior y en breve le respondo.

Jurídico Puebla dijo...

A todas las personas que les interese hacer su consulta, es indispensable primero realizar el pago de la misma $300.00 en la cuenta bancaria arriba mencionada, por su atención y preguntas muchas gracias.

Anónimo dijo...

hola, mi situación es la siguiente.

- quiero demandar por la patria potestad de mi hijo (4), ya que no tenemos ninguna relacion con el padre y la vd me causa bastante molestia tener que pedir su aprobación para realizar viajes o necesitar su firma para algunos trámites, además xq para mi es una manera de poder asegurar la integridad de mi hijo en caso de que yo no esté.
cabe mencionar que dicha persona se deslindó de responsabilidad alguna hace 3 años y medio, es decir no ve al niño ni ha proporcionado ni solventado ningún tipo de gasto ( estudio, medicos,alimentación, vivienda).
me gustaría saber si los puntos antes mencionados son suficientes para que el juez no permita que se le autoricen visitas a esa persona con mi hijo,
además, en caso de pelear por una pensión alimenticia, como es posible saber sus ingresos, ya que el es una persona que trabaja de manera individual pero que esta registrada ante hacienda. en este momento yo no estoy trabajando y mi familia es quien me apoya con todo. que opinion o sugerencias me podría dar ?

Jurídico Puebla dijo...

Buen día con gusto le doy mi opinión al respecto, sin embargo le comento que las consultas tienen costo de $300.00 mismo que debe hacer en la cuenta bancaria arriba mencionada.

Una vez hecho su depósito favor de avisar y en breve respondo.

Lic. Jacobo Carballido
Cel. 2225 328782

Unknown dijo...

bonito